Músicos buscan conformar partido político con miras al 2018

El Presidente de la Asociación de Músicos del Paraguay, Higinio Edelio Molinas manifestó que desean tener una representación digna en los fueros parlamentarios por lo que conformarán el Partido “Unidad cultural del Paraguay” con el objetivo de que los artistas del país tengan un respaldo positivo.

Músicos buscan conformar partido político con miras al 2018

El músico e ingeniero agrónomo pretende presentar candidaturas para la presidencia y el congreso en las generales de 2018. “Vine a la Justicia Electoral donde me están asesorando muy cordialmente para conformar este partido, que sería la esperanza de todos los músicos y artistas del Paraguay” indicó.

Molinas, aseguró que este partido político englobará a todos los sectores y trabajadores de la cultura, actores, cantantes, bailarines entre otros, dijo además que recorrió 200 distritos para buscar el apoyo de la gente “Estamos muy desprotegidos, queremos poner nuestro legítimo representante de la cultura nacional”, refirió.

La asociación cuenta con 8.000 afiliados en todo el país, más los artistas que trabajan en el extranjero “Nos estamos preparando con más de 300 músicos que apoyaran el nacimiento de este nuevo partido que defenderá los derechos de los artistas paraguayos”

El cantautor es asesorado por la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos de la Justicia Electoral que asiste a todas las agrupaciones civiles que desean conformarse como partido o movimiento político.
Unidad Cultural del Paraguay se encuentra en etapa de tareas preparatorias como lo establece el Artículo 17 de la Ley 834/96 Código Electoral Para constituir un partido político, y en carácter de tarea preparatoria, sus propiciadores, en número no menor de cien ciudadanos, procederán a extender una escritura pública que contendrán las siguientes menciones:
a) nombre y apellido, domicilio, número de cédula de identidad, número de inscripción en el Registro Cívico Permanente y firma de los comparecientes; b) declaración de constituir un partido político en formación; c) denominación, bases ideológicas y programáticas de carácter democrático que individualicen al partido político cuya constitución se proyecta; y, d) estatuto provisorio, la constitución de las autoridades provisionales, el domicilio del partido político en formación y la designación de sus apoderados.

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