Justicia Electoral rinde homenaje a los Magistrados en su día

En esta importante fecha, el Tribunal Superior de Justicia Electoral destaca la noble misión de los Magistrados y Jueces electorales de administrar los actos concernientes a los procesos electorales que se desarrollan en el país.

Justicia Electoral rinde homenaje a los Magistrados en su día

Este 25 de noviembre, la Justicia Electoral honra el esfuerzo diario de los jueces y magistrados electorales en la construcción de valores que permitan renovar el compromiso de servicio a la sociedad

La Ley N° 635/95 Que reglamenta la Justicia Electoral en su Artículo 1° Naturaleza y composición, menciona entre otras cosas que la institución electoral esta compuesta por el Tribunal Superior de Justicia Electoral, los Tribunales Electorales y los Juzgados Electorales.
 
En cada circunscripción Judicial de la República funcionará un Tribunal Electoral integrado por tres miembros.
 
Algunas de las competencias de los Tribunales Electorales refieren que; deben entender en los recursos de apelación y nulidad; y en las quejas por apelación denegada o por retardo de justicia interpuestas contra las decisiones de los jueces electorales. Resolver las impugnaciones, recusaciones e inhibiciones de los jueces y fiscales electorales de su jurisdicción. Dirigir y fiscalizar las elecciones realizadas en su jurisdicción.
 
También, efectuar el cómputo provisorio de las elecciones, elevando al Tribunal Superior de Justicia Electoral los resultados, para su cómputo definitivo y juzgamiento. En los
comicios municipales los Tribunales Electorales efectuarán el cómputo en única instancia y la proclamación de los candidatos electos e inscribir las candidaturas a cargos electivos nacionales y departamentales así como las de sus apoderados respectivos, como competencia exclusiva del Tribunal Electoral de la Capital.
 
La normativa refiere además que habrá un Juez electoral en cada capital departamental a excepción de Alto Paraguay y Boquerón y en Asunción habrá dos jueces.
 
En cuanto a sus competencias; podemos mencionar, el juzgamiento de la impugnaciones, protestas o reclamos relativos al Registro Cívico Permanente o a los padrones de electores de su jurisdicción. Instruir sumario en investigación de las faltas electorales y aplicar las sanciones que correspondieren. Organizar, dirigir y fiscalizar las elecciones y consultas populares en sus respectivas jurisdicciones.
 
Igualmente, designar los locales de votación y a los integrantes de las mesas electorales
respectivas a propuesta de las Juntas Cívicas. Recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la celebración de las elecciones. Realizar el inventario de los bienes y útiles electorales para su posterior guarda. Recibir de las Juntas Cívicas las actas y padrones utilizados en las elecciones y

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