Definen procedimiento informático para inscripción y oficialización de candidatos

Mediante Resolución TSJE N° 38/2021, el Tribunal Superior de Justicia Electoral aprobó el procedimiento informático para que los candidatos inscriban sus postulaciones en el marco de las Elecciones Municipales del 10 de octubre, además de la oficialización de las mismas. Este proceso se realiza a la par que la presentación física de las documentaciones en los Juzgados Electorales de todo el país.

Definen procedimiento informático para inscripción y oficialización de candidatos

Para tal efecto, el Sistema de Inscripción de Candidaturas (SIC), disponible en https://candidaturas.tsje.gov.py/login.php, el sitio web habilitado para solicitar la inclusión de los postulantes de las organizaciones políticas que participarán de los comicios del 10 de octubre. Para ello, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) proveerá a cada Tribunal Electoral un usuario y contraseña, donde, en dicha inscripción, deberá constar el nombre, apodo o seudónimo, y la fotografía del candidato que se postule.

Los datos del registro quedarán constados en un formulario emitido por el SIC, que, tras imprimirlo, deberá ser remitido, además de un documento idéntico (que puede ser descargado en https://tsje.gov.py/formularios_candidaturas_2021.html) y completado de forma física, y otras documentaciones y recaudos legales solicitados por ley, ante el Juzgado Electoral competente.

El SIC requerirá, al momento de la inscripción, que las listas cuenten con: el departamento y distrito al cual pertenecen; el nombre y siglas de la organización política; el número de lista pretendida (el documento hace saber que el 12 de julio se realizará la asignación de números y colores, dispuesto por legislaciones vigentes). 

Para registrar al candidato, el sistema solicitará que sea detallado: el tipo de candidatura (intendente o miembro de Junta Municipal, y si es titular o suplente, en el último citado); el número de cedula y nombre y apellido del postulante; el nombre que aparecerá en la Máquina de Votación; el número de orden en la lista para concejal, y su fotografía. Queda aclarado que si al momento de la inscripción, no es proveída fotografía alguna, o no se cumpla con los requerimientos de la misma (el formato está detallado en el sitio), se procederá a utilizar una silueta genérica.

Así también, una vez hecho este procedimiento por los Tribunales Electorales de las organizaciones políticas, los Juzgados Electorales tendrán a su disposición los datos ingresados por las organizaciones políticas en el SIC. Así también, la oficialización de las candidaturas será confeccionada automáticamente por el SIC, en un formato único para todos los Juzgados Electorales.

En el caso de renuncia, inhabilidad o muerte del candidato, post oficialización de la postulación, los Juzgados Electorales deberán registrar en el SIC lo resuelto en los 3 casos citados, para que los datos a ser desplegados en la Máquina de Votación sean los correctos.

Aclara finalmente la Resolución 38/2021 que la presentación de candidaturas está fijada hasta el 17 de julio del 2021. Posterior a esta fecha, el SIC sólo podrá ser utilizado para consultas, no para carga de documentos.

Es importante recalcar que el SIC proporcionará, a través del número de cédula de identidad del candidato: el distrito donde se encuentra inscrito en el Registro Cívico Permanente (RCP); la edad; si su candidatura ya fue inscripta en otra oportunidad (duplicado); o si el postulante no se encuentra inscripto en el RCP.

Considera la citada Resolución que la Ley N° 6318/2019, en su Art. 3, establece que “el TSJE arbitrará los medios necesarios para una eficiente implementación del sistema de votación y escrutinio”, así como justificativo puntual de este procedimiento que “en consideración al uso de las Máquinas de Votación en las Elecciones Municipales, es necesario contar con una base de datos centralizada, en la que figuren todos los candidatos proclamados por los respectivos Tribunales Electorales de las Organizaciones Políticas”.

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