Finaliza periodo hábil para la propaganda electoral.

La fecha de expiración es el 4 de noviembre próximo. 

Finaliza periodo hábil para la propaganda electoral.

 Este jueves, 4 de noviembre, fenece el periodo destinado para la difusión de la propaganda electoral, tanto en vías públicas, como a través de medios masivos de comunicación. Quienes no respeten dicho plazo, serán castigados según el Código Electoral Paraguayo.
En este orden, la ley 834/96, en su artículo 324, establece que toda persona que realice propagandas electorales extemporáneamente o fuera del periodo hábil, serán castigados con la pena de un mes a seis meses de penitenciaría, más una multa equivalente a cien jornales mínimos.
Según el cronograma, el periodo para la propaganda electoral en vías públicas tiene una duración de 60 días y se inició el pasado 6 de setiembre. Asimismo, su difusión a través de los medios de comunicación, cuya duración asciende a 30 días, arrancó el 6 de octubre anterior.
De esta manera, ambos periodos expiran este jueves 4 de noviembre, debiendo cumplirse así el espacio de dos días libres de propagandas proselitistas, según exige el Código Electoral a través de la ley 834/96, en su artículo 290.
Cabe recordar que este plazo se rige en torno al 7 de noviembre próximo, fecha marcada para las Elecciones Municipales 2010.

TSJE
 
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