En una semana fenece periodo de propaganda electoral para elecciones en nuevos distritos

Hasta el jueves 24 de marzo estará en vigencia el periodo de propaganda electoral en canales de televisión, radios y medios de comunicación escritos, con miras a los comicios a realizarse en Nueva Asunción e Itacuá, acorde a lo especificado en la Resolución TSJE Nº 86/2021, que establece el Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales de las citadas ciudades.

El justificativo legal se asienta en el Art. 290 de la Ley Nº 834/1996 Código Electoral, artículo que define la propaganda electoral. “Es la difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de las organizaciones políticas con la finalidad de concitar la adhesión del electorado”.

En otro párrafo del citado artículo, se explica que “la propaganda electoral a través de los medios masivos de comunicación social se extenderá por un máximo de 30 días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios”.

Así también, el Art. 295 de la Ley Nº 834/1996 refiere que “la propaganda en la vía pública a través de murales, afiches o similares se realizará en las áreas determinadas por las respectivas municipalidades y mediando la autorización de los propietarios de los inmuebles afectados”.

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