Desde el 2014 no se emiten constancias de no afiliación

La Justicia Electoral aclara que no expide constancias de no afiliación a las organizaciones políticas, según lo establece la Resolución TSJE N° 157/2014

En relación a la expedición de dicho documento, lo que la institución electoral realiza es entregar al interesado una copia de la referida resolución, donde en su considerando se menciona que la Justicia Electoral no tiene injerencia alguna en el funcionamiento de las organizaciones políticas.

Por tal motivo, son los partidos políticos los únicos encargados de afiliar o desafiliar a los ciudadanos, siendo estos procedimientos cuestiones de índole interna.

Así mismo, el Art. 9 del Código Electoral garantiza a los partidos políticos el derecho a su existencia, inscripción, gobierno propio y libre funcionamiento conforme a la ley.

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