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Ministro Dr. César Emilio Rossel Vicepresidente |
Ministro Dr. Jaime José Bestard Duschek Miembro |
Ministro Dr. Jorge Enrique Bogarín González Presidente |
Ley N° 635/95, art. 4: "Composición.
Ley N° 635/95, art. 5: "Naturaleza. Sede.
- El Tribunal Superior de Justicia Electoral se compondrá de tres miembros, elegidos de conformidad a lo establecido por la Constitución, quienes prestarán juramento o promesa ante la Cámara de Senadores.
- El Tribunal Superior de Justicia Electoral designará anualmente de entre sus miembros un Presidente y un Vicepresidente.
- El Presidente ejercerá la representación legal de la Justicia Electoral y la supervisión administrativa de la misma."
- El Tribunal Superior de Justicia Electoral es la autoridad suprema en materia electoral y contra sus resoluciones sólo cabe la acción de inconstitucionalidad. Tendrá su sede en la Capital de la República y ejercerá su competencia en todo el territorio nacional.
- El Tribunal Superior de Justicia Electoral será responsable de la dirección y fiscalización del registro electoral y la administración de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación para fines electorales."