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Voto Accesible

  • ¿A qué se refiere el voto accesible?
  • Al decir voto accesible hacemos referencia a las acciones y procedimientos implementados para facilitar y garantizar el ejercicio pleno del voto por parte de las personas con discapacidad, como también asegurar el cumplimiento de los beneficios otorgados por el Código Electoral, referente a las embarazadas y adultos mayores de setenta y cinco años de edad.

  • ¿A quiénes va dirigido el voto accesible?
  • El voto accesible va dirigido a las personas con discapacidad motriz y sensorial o las que presenten limitaciones temporales visualmente comprobadas. Se incluye también a los adultos mayores, mujeres embarazadas, las mujeres acompañadas de niños lactantes, además de las personas con diversas "discapacidades Invisibles" (cardiopatías, pacientes en diálisis o en tratamientos oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, entre otras).

  • ¿De qué manera un elector puede ser beneficiado con el voto accesible?
  • El elector podrá solicitar su inclusión en la mesa accesible, a través de la página web del TSJE, el Centro de Atención Telefónica de la Justicia Electoral, la Oficina de Servicios Electorales o las oficinas distritales del Registro Electoral, durante el periodo fijado por la Justicia Electoral.

    Para las elecciones generales y departamentales del 2018 el periodo de solicitud regirá desde el 01 de marzo al 31 de julio del 2017.

  • ¿Qué mecanismos son implementados en el Voto Accesible?
  • Los mecanismos implementados en el voto accesible son las siguientes:

    • Voto en Casa
    • Voto en Orden Preferente
    • Voto Asistido
    • Voto en mesa accesible
    • Voto con Plantilla Braille
    • Mesa de Consulta

    Voto en Casa

    El Voto en Casa consiste en acercar la mesa receptora de votos hasta el domicilio del elector que pueden ser personas con discapacidad física severa, personas con disfuncionalidad motora severa o que por motivos graves de salud no puedan acudir al local de votación.

    Voto en orden preferente:

    Los electores con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas, mujeres con lactantes en brazos tienen preferencia para votar, es decir, no necesitan formar fila para sufragar.

    Voto Asistido:

    Los electores con discapacidad visual o de miembros superiores que no puedan marcar los boletines e introducirlos en la urna, podrán ser asistidos por una persona de su confianza durante el procedimiento de votación. Este beneficio es de carácter excepcional y será otorgado únicamente en el caso de que los demás mecanismos de accesibilidad establecidos no sean adecuados para asegurar el ejercicio del sufragio por parte del elector.

    Voto en mesa accesible

    La Justicia Electoral dispondrá en todos los locales de votación de una o más Mesas Accesibles que facilitarán el ejercicio del voto de aquellas personas con discapacidad o adultos mayores que hayan solicitado ser incluidos en el padrón para mesa accesible. Esta mesa estará instalada la particularidad de ser más fácil acceso y contará además del cuarto oscuro tradicional, con otra mesa, con dimensiones que facilitan el acceso a electores que utilizan silla de ruedas y permite marcar el boletín de voto con mayor comodidad.

    Voto en Plantilla Braille

    Las personas con discapacidad visual pueden utilizar la plantilla braille para la emisión del voto, para ello podrán solicitar en Mesa de Consulta o al Presidente de Mesa la provisión de la plantilla. Si no desean utilizar este mecanismo, podrá optar por el Voto Asistido.

    Mesa de Consulta

    Todos los locales de votación cuentan con una mesa de consulta que sirve de apoyo a las personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas y otras que la requieran, que ofrece la Justicia Electoral el día de las elecciones, ubicada en un lugar de fácil acceso dentro de los locales de votación de todo el país.

    Servicios brindados en la Mesa de Consulta:

    • Informar sobre el Voto Accesible y el Voto Preferente.

    • Ofrecer apoyo para el traslado del elector hacia la Mesa Receptora de Votos.

    • Ofrecer al elector los diferentes materiales: plantilla braille, instructivo en braille, lupa, adaptador de bolígrafo, material informativo audiovisual, y material informativo en lenguaje de señas sobre el proceso de votación, según la necesidad de las personas para el voto accesible.

    • Consulta de padrón de voto accesible.

    Preguntas de interés para acceder al voto en casa

  • ¿Cuántas ciudades serán beneficiadas con el programa Voto en Casa?
  • El programa piloto denominado “Voto en Casa” para las elecciones 2018, abarca once ciudades del país: Asunción, Capiatá, Fernando de la Mora, Lambaré, Luque, Mariano Roque Alonso, Ñemby, San Lorenzo, Coronel Oviedo, Ciudad del Este y Encarnación.

  • ¿Quiénes pueden solicitar el Voto en Casa?
  • Pueden solicitar su inclusión en la modalidad voto en casa, aquellas personas con discapacidad física severa, personas con disfuncionalidad motora severa o personas que por motivos graves de salud no puedan acudir al local de votación.

  • ¿De qué manera un elector puede ser beneficiado por el Voto en Casa?
  • El elector podrá solicitar su inclusión al Voto en Casa, a través de la página web del TSJE, el Centro de Atención Telefónica de la Justicia Electoral, la Oficina de Servicios Electorales o las oficinas distritales del Registro Electoral, durante el periodo fijado por la Justicia Electoral.

    Para las elecciones generales y departamentales del 2018 el periodo de solicitud regirá desde el 01 de marzo al 31 de julio del 2017.

  • ¿Cuáles son los requisitos para el Voto en Casa?
    • Residir dentro del distrito en el cual se encuentra inscripto como elector.
    • Llenar un formulario de solicitud aprobado por el TSJE, acompañado de una copia de la cédula de identidad y la constancia de salud correspondiente.
    • Realizar la solicitud dentro del plazo establecido, del 01 de marzo al 31 de julio de 2017
    • Demostrar la imposibilidad, por discapacidad o por motivos graves de salud para llegar al local de votación, mediante constancia médica expedida por profesional competente o la inspección médica pertinente realizada por la Justicia Electoral.
  • ¿Quiénes no pueden ser beneficiarios del Voto en Casa?
  • Internados o recluidos en un establecimiento médico, psiquiátrico, sanitario o de carácter similar; los que poseen algún impedimento legal; los que por indicación médica no puedan tener contacto con otras personas.

    Recomendaciones basicas para el voto accesible

  • Miembros de mesa receptora de votos:
    • Procure hacer efectiva la prioridad y el acceso al voto de las personas con discapacidad o con reducción de movilidad, visión o audición; de las mujeres embarazadas, adultos mayores y mujeres acompañadas de hijos lactantes.
    • Permita a las personas con discapacidad manifestar qué tipo de asistencia necesitan y cómo quieren ser asistidos. Los miembros de mesa deben observar, preguntar, escuchar y respetar las indicaciones dadas.
    • Informe a los electores con discapacidad motriz o visual sobre la ubicación del cuarto oscuro para que el elector ejerza allí su voto.
    • Informe a los electores con discapacidad visual, auditiva o intelectual que en la Mesa de Consulta ubicada en el local de votación cuenta con elementos e instructivos que facilita la emisión del voto: plantilla braille, lupa, adaptador de bolígrafo, material audiovisual e instructivo en lenguaje de señas, padrón del local de votación y el acta de la mesa de consulta.
  • Para el relacionamiento con personas con discapacidad motora o movilidad reducida:
    • Indique a las personas con discapacidad física en los miembros superiores, específicamente en la motricidad para escritura, que en la mesa de consulta está disponible un adaptador ergonómico para bolígrafos en caso que lo requiera.
    • Pida una asistencia, si el elector tiene una discapacidad física en los miembros inferiores y no viene acompañado, pregunte de qué manera puede brindarle ayuda, ya que muchas personas tienen sus técnicas personales.
    • Evite manipular la silla de ruedas sin permiso. Es parte de su espacio personal.
    • No aleje el bastón o muletas de la persona, trata de mantenerlo al alcance de la misma.
    • Diríjase a la persona con discapacidad física ante cualquier situación relacionado al ejercicio del sufragio, no a su acompañante.
  • Para el relacionamiento con personas con discapacidad visual:
    • Ante la presencia de una persona con discapacidad visual, el asistente debe presentarse y dirigirse a la persona con naturalidad y ofrezca ayuda, explicando con claridad su rol como asistente de mesa de consulta o miembro de mesa receptora de votos.
    • Ofrezca los elementos de accesibilidad disponibles como plantilla braille, lupa u otros.
    • Explique el procedimiento del Voto Asistido en caso de que la persona no utilice el braille.
    • Si el elector pide ayuda para guiarlo por el local, la mejor forma es ofrecer el hombro o el codo para dar mayor confianza y no sea incómodo para ninguno, puede ayudarlo describiendo lo que observa para que la persona ciega pueda tener una orientación de lo que va sucediendo a su alrededor.
    • Seguidamente se le deberá acompañar hasta las urnas e indicarle donde introducir los boletines de votos.
  • Para el relacionamiento con personas con discapacidad auditiva:
  • Para explicar el proceso de votación, recurre a los dibujos de los carteles que estarán de apoyo en la mesa de consulta o a la escritura para comprender el procedimiento. También se halla disponible en la mesa de consulta un vídeo explicativo en lengua de señas.
    Es recomendable que llame su atención con una seña antes de hablarle.
    Para ello lo mejor es que se acerque y le toque el hombro ligeramente o que mueva la mano en su espacio visual.
    Háblale en forma directa y de frente para que pueda leer sus labios. Aparte de su boca cualquier objeto que dificulte la vocalización (bolígrafo, caramelo, etc.).
    Si la persona con discapacidad auditiva no comprende lo que usted dice o viceversa, trate de hacerse entender por otros medios; por ejemplo, utilizando bolígrafo y papel, a través de gestos, etc.
    Evite elevar demás la voz, recuerda que no escucha. Otra situación que se puede presentar es que el votante con discapacidad auditiva asista acompañado de un intérprete de lengua de señas, en este caso acérquese a la persona y hable al elector no al intérprete.

  • Para el relacionamiento con personas con discapacidad intelectual:
    • Explique los pasos de votación clara y detenidamente, pregunte si comprendió y si es necesario vuelva explicar tratando de utilizar gestos u otras palabras simples. Por ejemplo, señale el cuarto oscuro, la ranura de la urna, muestre un documento similar al solicitado, etc.
    • Si es necesario la persona podría optar por llenar una papeleta por vez.
    • Permite que la persona con discapacidad intelectual ejerza su derecho al voto lo más independiente que se pueda.
    • Algunas de estas personas tienen problemas de motricidad fina, por lo tanto explique o muestre la forma del doblado de las papeletas, y en caso de necesidad, marque los dobleces antes para facilitarle el trabajo.
    • Otra situación que se puede presentar es que el votante con discapacidad intelectual asista acompañado, en este caso diríjase a él y no deje que su interlocutor hable por él, salvo a que no consiga darse a entender.
  • Para el relacionamiento con personas con discapacidad psicosocial
    • Trate con amabilidad, como a todo ciudadano que concurre al local de votación.
    • Diríjase a la persona con tono moderado. No sea incisivo.
    • Evite el contacto físico.
    • Explique el proceso de votación de forma clara y concreta.
    • Tenga paciencia, le puede preguntar lo mismo varias veces o mostrarse desesperado por cumplir el procedimiento adecuado.
    • No prejuzgue a la persona si presenta cierta actitud distraída.